Elecciones: qué no se puede hacer durante la veda electoral
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Elecciones: qué no se puede hacer durante la veda electoral

La veda electoral para el ballotage comienza este viernes a las 8 y finalizará el domingo a las 21, tres horas después del fin de los comicios. En ese lapso, regirá una serie de prohibiciones cuyo incumplimiento puede conllevar denuncias y sanciones.


Libertad Digital

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17/11/2023
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Soraya Casco

Las prohibiciones.

De acuerdo al artículo 71 del Código Electoral, queda prohibido durante la veda:

  • Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio. 
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragiodentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
  • Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos y no se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

Las sanciones.

Según el tipo de infracción, las condenas pueden incluir multas que van desde los $500 a los $100.000 o penas de prisión que pueden variar desde 15 días hasta 3 años.

Fuente: Corta.

En esta nota: #elecciones2023

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