Con algunos errores de ortografía, redacción y coherencia que decidimos corregir desde la redacción de este medio, Bracone expone en el artículo 1 del proyecto de ley, que debe establecerse una "Licencia Menstrual Dolorosa, para todas las damas que trabajen en reparticiones y organismos del Estado provincial".
Mientras que en el segundo artículo afirma que "el objetivo de esta Ley, es a efecto de que a las damas que trabajen en relación de dependencia del Estado se le otorgue dos (2) días de licencia".
El artículo tercero y el más polémico, es totalmente estigmatizante ya que, sin ningún fundamento científico afirma que debería "declararse que toda mujer en situación de dolor menstrual se vuelve protagonista manifestando irritabilidad, depresión y desajustes emocionales, ligado a lo hormonal. En concepto de Indisposición. Afectando el rendimiento laboral".
En el resto de los artículos, marca que "esta situación de la mujer estigmatizante, jamás será visto como inferior al de su género opuesto" y que existen otros antecedentes en el país donde se otorga licencias por "días femeninos" a las mujeres".
La fundamentación, por su parte, es breve y no menciona las fuentes consultadas para establecer tamaña ley. Sólo remarca, al igual que en una entrevista en Radio Libertad, que "licencias de este tipo ya existen en Japón y en algunas empresas privadas "progres" del Reino Unido. "Lo que hacen estas licencias es adherir al concepto de 'indispuesta', es decir, sin disposición (en este caso, para trabajar)". "Hay provincias donde existe la ley de 'día femenino' para empleadas estatales, y existen algunos convenios colectivos. Pero es difícil pensar en una ley nacional porque puede desincentivar a algunas empresas que quieran contratar mujeres", cita el texto.
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