Libertad Digital
El Gobierno del Chaco oficializó la reglamentación de la Ley N° 1669-F, una norma que establece un régimen de promoción para call centers, contact centers, servicios de alojamiento web, software, hardware y empresas de base tecnológica. A través de un decreto publicado este jueves, el Ejecutivo definió los requisitos, beneficios y plazos que regirán para las empresas que se radiquen o ya operen en la provincia y decidan acogerse al régimen.
Según el texto reglamentario, podrán acceder a los beneficios aquellas firmas que tengan domicilio legal o real en el Chaco o presten servicios desde el territorio provincial, siempre que estén debidamente habilitadas por los municipios, registradas ante AFIP y ATP, y no registren deudas impositivas provinciales.
Uno de los puntos clave es la creación del Régimen de Estímulo para la Promoción del Empleo Joven y la Radicación de Empresas de Base Tecnológica, que contempla compensaciones económicas para empresas de call centers, contact centers y alojamiento web que contraten personal mayor de 18 años y presten servicios desde el Chaco.
Compensaciones por empleo y capacitación
La normativa establece una compensación económica escalonada por un período de hasta 16 años, calculada sobre la remuneración básica de convenio abonada (con presentismo, antigüedad y vacaciones). Quedan excluidos los adicionales, horas extras, cargas patronales y otros conceptos.
Las empresas se dividirán en dos categorías:
- Categoría A: hasta 30 empleados.
- Categoría B: más de 30 empleados.
La compensación será mayor para las empresas radicadas fuera del Departamento San Fernando y para aquellas que superen los 30 empleados, con porcentajes que llegan al 20% en el primer año y van decreciendo a lo largo del tiempo.
Por ejemplo, una empresa del interior del Chaco con más de 30 empleados podrá acceder a:
- 20% de compensación en el primer año
- 12,5% del segundo al octavo año
- 7,5% del noveno al décimo sexto año
El régimen excluye a las pasantías y residencias del beneficio, aunque la autoridad de aplicación podrá evaluar excepciones para personas contratadas a través de programas nacionales de promoción del empleo.
Permanencia mínima y autoridad de aplicación
Uno de los requisitos clave es que las empresas beneficiarias deberán comprometerse formalmente a permanecer en el Chaco hasta, al menos, diciembre de 2029.
Como autoridad de aplicación, el Ejecutivo designó al Ministerio de la Producción y el Desarrollo Económico Sostenible, que será el encargado de establecer las condiciones operativas y adecuaciones necesarias para aplicar este régimen.
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