Call centers en Chaco: el Gobierno reglamentó una nueva Ley que busca impulsar el empleo joven
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Call centers en Chaco: el Gobierno reglamentó una nueva Ley que busca impulsar el empleo joven

La Provincia reglamentó un régimen con beneficios por hasta 16 años para empresas de call centers y tecnología que generen empleo joven en el Chaco.


25/07/2025
 /  libertaddigital.com
 -  Sociedad  /  Redacción: Gabriel Bobis

Libertad Digital

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El Gobierno del Chaco oficializó la reglamentación de la Ley N° 1669-F, una norma que establece un régimen de promoción para call centers, contact centers, servicios de alojamiento web, software, hardware y empresas de base tecnológica. A través de un decreto publicado este jueves, el Ejecutivo definió los requisitos, beneficios y plazos que regirán para las empresas que se radiquen o ya operen en la provincia y decidan acogerse al régimen.

Según el texto reglamentario, podrán acceder a los beneficios aquellas firmas que tengan domicilio legal o real en el Chaco o presten servicios desde el territorio provincial, siempre que estén debidamente habilitadas por los municipios, registradas ante AFIP y ATP, y no registren deudas impositivas provinciales.

Uno de los puntos clave es la creación del Régimen de Estímulo para la Promoción del Empleo Joven y la Radicación de Empresas de Base Tecnológica, que contempla compensaciones económicas para empresas de call centers, contact centers y alojamiento web que contraten personal mayor de 18 años y presten servicios desde el Chaco.

Compensaciones por empleo y capacitación

La normativa establece una compensación económica escalonada por un período de hasta 16 años, calculada sobre la remuneración básica de convenio abonada (con presentismo, antigüedad y vacaciones). Quedan excluidos los adicionales, horas extras, cargas patronales y otros conceptos.

Las empresas se dividirán en dos categorías:

  • Categoría A: hasta 30 empleados.
  • Categoría B: más de 30 empleados.

La compensación será mayor para las empresas radicadas fuera del Departamento San Fernando y para aquellas que superen los 30 empleados, con porcentajes que llegan al 20% en el primer año y van decreciendo a lo largo del tiempo.

Por ejemplo, una empresa del interior del Chaco con más de 30 empleados podrá acceder a:

  • 20% de compensación en el primer año
  • 12,5% del segundo al octavo año
  • 7,5% del noveno al décimo sexto año

El régimen excluye a las pasantías y residencias del beneficio, aunque la autoridad de aplicación podrá evaluar excepciones para personas contratadas a través de programas nacionales de promoción del empleo.

Permanencia mínima y autoridad de aplicación

Uno de los requisitos clave es que las empresas beneficiarias deberán comprometerse formalmente a permanecer en el Chaco hasta, al menos, diciembre de 2029.

Como autoridad de aplicación, el Ejecutivo designó al Ministerio de la Producción y el Desarrollo Económico Sostenible, que será el encargado de establecer las condiciones operativas y adecuaciones necesarias para aplicar este régimen.

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