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Bicho de Radio
La Junta Nacional Electoral del Distrito Chaco advirtió sobre las consecuencias legales que podrían enfrentar las autoridades de mesa que no cumplan con su obligación el día de las elecciones.
“La pena es de seis meses a dos años para quienes no se presenten sin justificación”, explicó Rocío Alcalá, presidenta de la Junta Nacional Electoral del Chaco.
El Código Electoral prevé sanciones penales
Según indicó Alcalá, la normativa vigente establece penas de prisión para quienes, habiendo sido designados y habiendo confirmado su disponibilidad, no concurran a cumplir su función el día de la votación.
“Está previsto en el Código Electoral. Se hace la denuncia, la comunicación pertinente, y sí, la pena es de seis meses a dos años”, precisó.
La medida busca garantizar el normal desarrollo del proceso electoral y asegurar la cobertura de todas las mesas de votación.
Justificaciones y reemplazos
La presidenta del tribunal recordó que existen mecanismos de justificación para las personas que no puedan cumplir su rol, pero advirtió que deben comunicar la situación con anticipación.
“Hay muchas personas que una vez notificadas anotician la situación a las autoridades, entonces se puede cubrir”, señaló.
En esos casos, la Junta Electoral puede activar los planes de contingencia y designar reemplazos, como se hace habitualmente.
Abandono de funciones también es sancionable
Además de la ausencia, el abandono de funciones durante la jornada electoral también está contemplado dentro de las sanciones del Código Electoral.
“El artículo prevé que quienes estén en la mesa y en algún momento hagan abandono también pueden ser pasibles de hasta dos años de prisión”, advirtió Alcalá.
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