La misma se extenderá, a priori, por un plazo de 180 días contados a partir del 15 de mayo. Y rige para los departamentos de San Fernando, Tapenagá, Libertad, General Donovan, 1º de Mayo, Presidencia de la Plaza, 25 de Mayo, Sargento Cabral, Bermejo y Libertador General San Martín.
Por ello los productores, quienes pretendan ser beneficiarios de la ayuda, deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia. El mismo debe hacer constar que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.
Específicamente fue el Ministerio de Agroindustria de la Nación el que declaró “estado de emergencia y/o desastre agropecuario en Chaco por las inundaciones de abril y mayo, que afectaron la producción del sector agrícola, ganadero, hortícola, apícola y de agricultura familiar”.
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