STJ rechazó amparo de “Chaco Somos Todos” y ratificó competencia del Tribunal Electoral
Política
Descargate la APP
Escuchanos desde tu celular

STJ rechazó amparo de “Chaco Somos Todos” y ratificó competencia del Tribunal Electoral

En un comunicado difundido esta mañana, se confirmó el rechazó in limine la acción presentada por la agrupación política opositora. De esta manera, ratificó la competencia "exclusiva y excluyente" del Tribunal Electoral Provincial para decidir sobre todas las cuestiones que permitan llevar a cabo normalmente el proceso electoral.

Libertad Digital

Libertad Digital
09/10/2019
 /  libertaddigital.com
 -  Política  /  Redacción: Lopez Acosta Catriel

En este sentido, los jueces del STJ, a través de la resolución 315/19 de la Secretaría de Asuntos Constitucionales, recordaron que el artículo 45 de la ley electoral 834-Q establece que entre las atribuciones y deberes del Tribunal figuran “la aplicación de la ley electoral, la ley de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, la ley orgánica de los partidos políticos y de las disposiciones complementarias y reglamentarias de las mismas”.
En tanto que al Superior Tribunal, según el artículo 141 de la citada ley, le corresponde juzgar en los recursos de inconstitucionalidad, inaplicabilidad de la ley y de revisión, interpuestos en contra de las resoluciones y sentencias del Tribunal Electoral.
Finalmente, coincidiendo con la Corte Suprema, resaltaron que al Poder Judicial le corresponde “la misión más delicada” de mantenerse dentro de su jurisdicción “sin menoscabar” las funciones de otros poderes o jurisdicciones.
En esta nota: #elecciones2019

¿Qué opinas?

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento.